
Buzón tributario del IMSS
A través de diversos comunicados a los patrones vía correo electrónico y material institucional difundido en distintos foros, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informa que ha iniciado la segunda fase para la puesta en marcha del Buzón Tributario.
De acuerdo con la información difundida por el IMSS, la primera fase del proyecto consiste en su difusión entre el empresariado, para que estén enterados. Es a partir de la segunda quincena de octubre que se pone en marcha la segunda fase, que consiste en la autorización del buzón.
Procedimiento de autorización
En la información que el Instituto difunde se incluye un enlace directo al sitio de Internet en donde se realiza el proceso de autorización. Este enlace es: http://www.imss.gob.mx/patrones/validacion/buzon-tributario
De conformidad a lo dispuesto por los artículos 40 y 286 M de la Ley del Seguro Social (LSS) y 17-K, fracción I y 134, fracción I del Código Fiscal de la Federación, de aplicación supletoria de conformidad con el artículo 9, segundo párrafo y 271 de la LSS, este Instituto como autoridad fiscal pueden realizar a solicitud de los patrones y demás sujetos obligados, notificaciones electrónicas de cualquier acto o resolución
Requisitos
Para autorizar el uso del buzón, son requisitos:
- Contar con un Registro Federal de Contribuyentes (RFC) válido
- Contar con firma electrónica (e.firma) del patrón
- Tener autorizado el Buzón Tributario ante el SAT
Pasos
Los pasos para autorizar son:
- Ingresar a la sección de Buzón Tributario en el Portal del IMSS
- En su caso, registrar el RFC del Patrón
- Seleccionar la opción “Solicitud y manifestación de conformidad”
- Aceptar con la e.firma del patrón
- Guardar el “Acuse de la solicitud y manifestación de conformidad para la recepción de notificaciones de forma electrónica y documentos digitales que emita el Instituto Mexicano del Seguro Social” que generará en archivo .pdf