A través del Primer Anteproyecto de Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2018, publicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) el 1 de abril de 2019 en su página de Internet, se modifica la Regla 2.7.5.7., que establece un plazo para realizar las correcciones en los comprobantes digitales de nómina.
Al efecto se señala que el plazo para corregir errores en los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) de nómina de 2018 es el 15 de abril de 2019.
Esto implica un mes menos que en el ejercicio anterior para realizar esta tarea. El año anterior el plazo corría hasta el 15 de mayo.
Por tanto, los parones deben tener presente esta reducción de plazo para realizar las correcciones correspondientes a tiempo y evitar que sus trabajadores que presentan declaración anual encuentren dificultades a la hora de prepararla, por diferencias entre lo timbrado y lo declarado.