Cuidado al elaborar tus CFDi de pago

A través de diversos proveedores autorizados de certificación (PAC) se informa a los emisores de comprobantes fiscales que a partir del 9 de abril de 2019 no procederá el timbrado de complementos de recepción de pagos (CRP) que no incluyan, al menos, un documento relacionado.

 

De acuerdo con la información difundida, el CRP deberá contar obligatoriamente con el nodo “Pago” y con el nodo “DoctoRelacionado” en donde se indique el UUID de la factura original que se está pagando.

 

Pareciera extraño que se emitan documentos CRP sin que se relacione el documento que se está pagando, pero en la práctica se están presentando casos, y los PAC timbran así el documento.

 

A partir de la fecha referida, no se aceptarán para timbrado los documentos que carezcan de estos datos.

 

Es importante que los contribuyentes que aún no tienen implementado un sistema o proceso para identificar y relacionar los pagos con su documento de origen, se enfoquen en esta tarea con celeridad, pues de otra manera, no podrán entregar a sus clientes los comprobantes de pago.

 

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