
El Buen Fin, una forma más de impulsar la reactivación económica
Recientemente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer en el DOF del 28 de octubre, el “Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos”, mismo que servirá para impulsar la reactivación económica, el mercado interno y el empleo, el cual comprenderá las operaciones de compra realizadas del 10 al 16 de noviembre de este año, que cumplan con las bases, términos y condiciones de participación en el sorteo.
Desde 2013, se ha realizado con resultados positivos el sorteo El Buen Fin con el cual se han entregado premios a las personas físicas y morales que enajenen bienes o presten servicios de micro o pequeños comercios, que hayan obtenido ingresos acumulables de hasta cinco millones de pesos, en el ejercicio inmediato anterior, siempre que se inscriban en el portal de Internet de El Buen Fin y reciban como medios de pago tarjetas de crédito o débito.
Este estímulo fiscal consiste en acreditar contra el impuesto sobre la renta (ISR) propio o el retenido a terceros, el monto que corresponda a la entrega de premios que efectúen dichas entidades por cuenta del gobierno federal.
Recientemente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 en su sexta versión anticipada, la cual incluye varias reglas referentes al Decreto de El Buen Fin que disponen:
• La autoridad dará a conocer las bases del sorteo en el Portal del SAT.
• Las entidades deberán manifestar su voluntad de participar en el sorteo conforme a lo señalado en la ficha de trámite 1/DEC-5, contenida en el Anexo 1-A.
• Las entidades que participen en el sorteo podrán acreditar el estímulo contra los pagos provisionales, definitivos y anuales del impuesto sobre la renta (ISR) propio o retenido, hasta agotarlo.
• Se establece también la obligación a las entidades que participen con la entrega de premios que deberán proporcionar al SAT la información a que se refiere la ficha de trámite 4/DEC-5 “Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del Sorteo ‘El Buen Fin’”.
• Asimismo, deberán entregar al SAT la información relacionada con los pagos correspondientes a los premios entregados a los tarjetahabientes y comercios ganadores, a que se refiere la ficha de trámite 5/DEC-5 “Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del Sorteo ‘El Buen Fin’ respecto de los premios pagados por entidad federativa”, con independencia de la información proporcionada conforme a la ficha de trámite 4/DEC-5.
Augusto Gracida Ramírez, Autor de Dofiscal Thomson Reuters