Expediente electrónico del trabajador en el SAR

Expediente electrónico del trabajador en el SAR

Con fecha 29 de noviembre de 2019 se publican en el Diario Oficial de la Federación Modificaciones a las disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

 

El cambio es en materia de los elementos de identificación de los agentes de servicio o promotores.

 

Derivado de los avances en materia tecnológica, que permiten efectuar validaciones de identificación y control con estándares internacionales de seguridad a través de medios remotos, se busca simplifica el Expediente Electrónico del Trabajador y fomentar la competencia en el sector de las Afore.

 

En este sentido, para reducir los costes operativos asociados a la integración del Expediente Electrónico del Trabajador, así como para aumentar su eficiencia, se suprime la Firma Biométrica, la Firma Manuscrita Digital y CURP de los funcionarios designados por la Afore para intervenir en los procesos operativos o de auditoría y control relacionados con la Cuenta Individual del Trabajador.

 

Adicionalmente, se indica que no serán requeridos los elementos de identificación mencionados anteriormente, cuando el Expediente Electrónico se integre se integre directamente por el propio Trabajador a través de plataformas tecnológicas, en las que por sus características no resulte necesaria la presencia del Agente de Servicio o Agente Promotor.

 

Estos cambios entraron en vigor el 2 de diciembre de 2019.

 

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