Una de las propuestas para la Reforma Fiscal 2020 consiste en obligar a las entidades financieras y a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo (SOCAP) a recabar de sus clientes el correo electrónico y número de teléfono entre otros datos.
De manera específica la propuesta consiste en modificar la fracción V del Artículo 32-B del Código Fiscal de la Federación, para señalar que las Instituciones Financieras y SOCAP están obligadas a obtener de sus cuentahabientes los datos relativos a su:
- Correo electrónico
- Número de teléfono
- Algún otro medio de contacto electrónico que determine el SAT mediante reglas de carácter general.
La justificación de dejar abierto el tipo de dato a solicitar, con el último punto citado, va en relación con el avance tecnológico que vaya existiendo en relación con los medios de comunicación digital, para no limitarlo al correo electrónico y que el SAT pueda llevar a cabo su actualización frecuentemente.
Estos datos que recaban estas instituciones deben ser entregados al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en los términos de las disposiciones.
Cabe recordar que entre los datos que recaban estas entidades se encuentra la nacionalidad, residencia, fecha y lugar de nacimiento, domicilio, entre otros.
Con esto se busca tener la mayor cantidad de datos de contacto de contribuyente, se busca evitar el falseo de información, y procurar que los contribuyentes sean notificados sobre multas y trámites fiscales sin que argumenten que nunca fueron contactados.
Esta propuesta aún se encuentra en análisis por el Legislativo, y falta su aprobación y promulgación para que entre en vigor.