Presenta tus avisos que están por vencer

Presenta tus avisos que están por vencer

De acuerdo con el Artículo Trigésimo Sexto de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, se tiene como fecha límite el 30 de mayo, para cumplir con las siguientes obligaciones:

 

  • Opción para socios, accionistas o integrantes de personas morales para pagar el ISR en términos del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), ingresando un caso de aclaración a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
  • Presentación del aviso de ejercicio de la opción de personas morales para tributar conforme al régimen de flujo de efectivo, previsto en el Artículo 196 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), conforme a la ficha 71/CFF ‘Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones’.
  • Declaración informativa de empresas de participación estatal mayoritaria, sobre el informe la utilidad bimestral, el impuesto correspondiente, la retención efectuada, de cada una de las personas a las que les hubiera efectuado la retención, a través del Anexo 2 ‘Información sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS’ de la DIM.

 

Por tanto, es importante que los contribuyentes que se ubiquen en estos supuestos, preparen la información para estos trámites con tiempo, para evitar incumplimientos o pérdida de beneficios por no presentar en tiempo.

 

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