Revisa tus CFDi de las deducciones personales

La declaración anual de personas físicas del ejercicio 2016 fue la primera que contuvo las facturas de gastos personales precargados en el formato, de forma que el contribuyente podría de ahí gestionar y aplicar sus deducciones.

 

Uno de los requisitos de las deducciones personales de las personas físicas, a las que toda persona física tiene derecho en su declaración anual, consiste en que estos gastos sean pagados mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero.

 

Una de las problemáticas suscitadas en este mecanismo de declaraciones precargadas del Servicio de Administración Tributaria (SAT), tanto en 2017 como en 2018, fue que el DeclaraSAT (plataforma en Internet a través de la cual se prepara y presenta la declaración anual) prevé que si el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que ampara el gasto, indica que el pago fue realizado en efectivo, el sistema simplemente no acepta el gasto en cuestión.

 

Este mecanismo de control del DeclaraSAT va más allá de la regulación de deducción de gastos, pues en los casos en que el comprobante indique erróneamente que gasto fue pagado en efectivo, aunque realmente se hubiera pagado con un medio distinto, de los aceptados por la Ley del ISR, el comprobante simplemente no es aceptado por el DeclaraSAT y no existe manera de incorporarlo y, por tanto, de tomar la deducción.

 

Previendo que esto suceda de nuevo en la declaración anual del ejercicio 2018 a presentar en 2019, resulta conveniente que los contribuyentes que ya tengan comprobantes de deducciones personales que piensen aplicar en su declaración anual, revisen que los datos estén correctos. En caso de que no estén correctos, se está en buen momento para solicitar el cambio de facturas por unas que plasmen de forma correcta los datos.

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